LAS
CUATRO PARTES DE UN INFORME FINAL ORAL EFICAZ Y EXITOSO ANTE UN TRIBUNAL
Chile 22 de mayo2022
Por abogada Emilia Zaballos
Tomado de Diario Constitucional.cl
“En una reciente
publicación del medio español Confilegal se da a
conocer el artículo «Las cuatro partes de un informe final oral eficaz y
exitoso ante un tribunal», por la abogada Emilia Zaballos.
Cuando hablamos de informe
final, también denominado alegato, nos referimos a las palabras
finales que cada abogado tiene que pronunciar en los juicios para establecer lo
que solicita ante el tribunal.
El esquema clásico consta
de cuatro partes, como bien explica el abogado Luis Joaquín Garrigues en
su doble libro titulado «Con la venia»:
CÓMO REALIZAR UN INFORME
FINAL ORAL EXITOSO EN CUATRO PARTES:
1.- EL EXORDIO.
Es la introducción o
presentación del caso en el que se esboza el problema a resolver y se exponen
de forma muy escueta los rasgos esenciales, adelantando la solución,
que se espera, debe tener. Es, además, el momento de hacer, si se considera
útil, el esquema que se va a desarrollar a lo largo del informe.
Así, se enseña al juez el
camino que se le invita a seguir. En esta parte los cánones aconsejan
contener la vehemencia y la pasión y dejarlas para más adelante.
Lógicamente no es igual
ser abogado del demandante que el del demandado (o el de la acusación que el de
la defensa).
El
primero suele llevar todo preparado, mientras que el segundo se puede ver
en la necesidad de improvisar para replicar al adversario.
A
estos efectos, es conveniente ir tomando notas de los puntos principales del
informe contrario.
Siempre, cuando se habla
primero hay que hacer un poco de abogado del diablo e intentar prever lo que va
a decir el otro. Hay que preparar que el tránsito de la parte preparada a la
improvisada el auditorio apenas lo note.
2.- LA NARRACIÓN.
Tiene por objeto la
exposición de los hechos, los cuales deben hacer desfilar ante el juez
ordenadamente y, a ser posible, cronológicamente, como si fuese una novela
o una película clásica.
La historia tiene que ser
verosímil, creíble.
Se
tienen, además, que intentar concatenar bien los hechos unos con otros
-hilvanar bien la historia- para que sea más fácil seguir la narración.
Se
debe, por lo tanto, dar la cara y agarrar al toro por los cuernos, tanto en las
cosas buenas como en las malas.
Si no se quiere hablar de
estos hechos, el juez podría pensar que se le han querido hurtar, por la
gravedad que tienen, y darles más importancia de la que realmente tienen.
Aquí deben lucir los
recursos del orador, para que no decaiga el interés del asunto y romper la
monotonía del informe, con una pequeña excursión por los alrededores del caso o
digresión; una metáfora oportuna; una cita literaria o histórica; o una
anécdota que,
evidentemente, tienen que tener alguna relación con el caso.
Es, en definitiva, cultura
ingenio, don de la improvisación y de la oportunidad capacidad de comunicación
y dominio de la voz y el gesto.
3. LA ARGUMENTACIÓN.
Comprende, por una parte,
la demostración de los hechos con el apoyo de las pruebas; y el sacar las
consecuencias jurídicas que nos interesan, por medio de las normas legales
aplicables al caso; y, por otra, la refutación de los hechos (en tanto no
coincidan con los nuestros), pruebas y argumentos contrarios.
En primer lugar, los
hechos que se han enunciado deben de ser debidamente contrastados y probados
por confesión, testigos, documentación o peritos.
Vista
desde uno y otro ángulo, la prueba está destinada: desde un lado, a acreditar
un hecho cierto o a transformar un hecho que parecía dudoso en cierto; y desde
el otro lado, a negar los hechos de adverso y a convertir un hecho que parece
cierto en, al menos, dudoso.
El secreto está en saber
elegir los mejores y más convincentes.
Con
un solo argumento contundente y claro se gana un pleito, con un informe de dos
o tres minutos, frente a otro de más de una hora.
Hay
que aprender, por lo tanto, a discutir con brevedad y claridad.
En suma, el fin de la
oratoria es convencer y la convicción se genera por dos principales formas de
demostración: la primera, el establecimiento de los hechos, para lo que se
necesita producir las pruebas adecuadas; y la segunda, deducir lo que resulta
de los hechos, lo cual exige una dialéctica inteligente e ingeniosa.
Convencer es, pues,
demostrar lo que no es evidente, porque lo que es evidente no tiene necesidad
de ser demostrado.
4. LA PERORACIÓN.
Es la parte que pone
término al informe. El broche de oro. Y si está bien construida debe enlazar
con el exordio.
Hemos
mantenido nuestra promesa y, después de contar el caso, hemos demostrado
cumplidamente con pruebas y argumentación que la razón asiste a nuestro
cliente.
Se impone ir resumiendo la
tesis que sustentamos.
No debe ser una repetición
de lo anteriormente dicho. Es una recapitulación. Hay que hacer
hincapié sólo sobre los puntos fundamentales del informe.
Es la trazada final y
suele ser el momento en que los grandes oradores, en los juicios penales,
intentar llegar con la emoción al alma del jurado o del juez -convencer y
conmover- con sus arrebatos declamatorios y sus dotes de persuasión teatrales.”