TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL FALLA EN FAVOR DE SALMONERA NORUEGA Y RELATIVIZA “EL DAÑO
AMBIENTAL”
Chile,
7 de abril 2022
Por diario Elmostrador.cl
“En
un fallo dividido, el Tribunal Constitucional falló a favor de la salmonera
noruega Mowi, que había sido multada por la Superintendencia del Medio Ambiente
(SMA) con más de $5.300 millones por un escape de 692.000 salmones en el 2018,
informó el sitio Salmonexpert.
“La
reciente resolución del TC confirma la postura sostenida por Mowi Chile desde
el inicio del procedimiento sancionatorio efectuado por la SMA, en el sentido
que el daño ambiental debe probarse y no presumirse, resguardando además, los
principios de igualdad ante la ley y el debido proceso”, señaló la empresa en
un comunicado.
Añadió
que "es necesario puntualizar que este proceso judicial seguirá su curso
en el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, instancia en la que Mowi Chile
continuará acreditando que ha cumplido estrictamente con la normativa ambiental
vigente”.
Antecedentes
El 26 de marzo de 2021, Mowi Chile había recurrido al
Tribunal Constitucional (TC) con requerimiento de inaplicabilidad respecto del
artículo 118 quáter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, luego de la multa
de la SMA.
Dicho
artículo señala que “en caso de escape o pérdida masiva de recursos en sistemas
de cultivo intensivo o el desprendimiento o pérdida de recursos hidrobiológicos
exóticos en sistemas extensivos, se presumirá que existe daño ambiental de
conformidad con la Ley Nº 19.300 si el titular del centro no recaptura como
mínimo el 10% de los ejemplares en el plazo de 30 días contado desde el evento,
prorrogables por una vez en los mismos términos”.
Además
de la sanción de la SMA tras no alcanzar la compañía a recapturar los peces
escapados, el Consejo de Defensa del Estado presentó demanda por este hecho.
Sin embargo, Mowi afirma que no existió daño ambiental derivado de la fuga
masiva.
Fallo
del TC
En su fallo, el TC habla de una presunción que no
puede ser comprobada.
“La
actora reclama que, tanto la Superintendencia al sancionar, como el Consejo al
demandar y también las comunidades denunciantes, pretenden sustraerse de probar
todos los elementos de la responsabilidad dando por acreditado el daño única y
exclusivamente en virtud de la aplicación de la presunción del artículo 118 quáter,
agravándolo en virtud de la misma norma y presunción, y a su vez declarando
dicho daño ambiental como irreparable, y calificar la infracción como
gravísima, todo fundando únicamente en la referida presunción y sin posibilidad
de defensa efectiva”, describe el TC.
En
la especie, de acuerdo con el Tribunal, “aparece demostrado que, la aplicación
de la norma que es cuestionada perturba el ejercicio pleno del derecho al
debido proceso legal, de que es titular el imputado, al incorporarse a él una
presunción legal que le es extraña y que altera la carga de la prueba sin
justificación”.
Además,
“la aplicación de la norma no únicamente ha condicionado la prosecución del
proceso señalado, dejando en una posición desmedrada al acusado, sino que
también ha implicado afectar su derecho a una investigación justa y racional,
por imponérsele una virtual presunción de derecho respecto a la significación
real del daño efectivamente producido con su actuar”, sostuvo el TC.
El
estudio de abogados Albagli Zaliasnik , que asesoró a Mowi Chile en el proceso,
manifestó que “existe entonces un reconocimiento actual por parte del Tribunal
Constitucional a que la norma padece vicios ciertos de constitucionalidad en su
estructura, lo que permitirá en el futuro, frente a casos análogos, discutir su
permanencia en el ordenamiento jurídico nacional debido a sus negativos efectos
para el debido proceso al presumirse sin más -y sin posibilidades reales de
probar en contrario- la ocurrencia de un daño ambiental significativo”.
Críticas
El fallo fue criticado por organizaciones
ecologistas.
El Centro Ecocéanos señala que “este manejo
corporativo deja en evidencia el intento de la industria salmonera de convertir
al Estado del país sudamericano en un sumiso empleado que avale su destructivo
comportamiento sanitario-ambiental, lo cual genera un peligroso precedente
donde los regulados del sistema pesquero y acuícola, imponen su ley”.
La organización ciudadana llamó "la atención a los ciudadanos y
organizaciones de consumidores sobre el actual intento de las patronales
salmoneras, Salmón Chile y el Consejo del Salmó, de naturalizar como casos
fortuitos o productos de robos, los escapes masivos de salmón, en la actual
discusión legislativa que modificará la Ley de Pesca y Acuicultura que prohíbe
la captura de salmonídeos de centros de cultivos".