ÚLTIMA JURISPRUDENCIA SOBRE CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN TELEMÁTICA (BORRADA POR LA SALA EN PUBLICACIÓN DEL 30/4/2025)

BORRADA POR LA SALA, la autorización por vía jurisprudencial de la Sala de Casción Civil para realizar citaciones y notificaciones por vía telemática

Publicado el Sábado, 26 de Abril de 2025.
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                     ÚLTIMA JURISPRUDENCIA SOBRE CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN TELEMÁTICA (BORRADA POR LA SALA)

Sala de Casación Civil N° 182 - 25/4/2025

Exp. 00240

Publica Abg. Rafael Medina Villalonga


 

PEDIMOS DISCULPAS  A NUESTROS LECTORES POR LAS POSIBLES MOLESTIAS CAUSADAS Y LA MALA ORIETACIÓN DERIVADA DE LA PUBLICACIÓN DE LA SENTENCIA QUE AHORA BORRAMOS.


El 25/4/2025, cuando publicamos esa sentencia, hicimos la siguiente advertencia:


Aunque las resoluciones contenidas en esta sentencia no tienen carácter vinculante y no se ha ordenado su publicació nen la Gaceta Judicial ni en la Gaceta Oficial, los tribunales de instancia con competencia en lo civil, mercantil y tránsito, habrán de acoger sus postulados, en virtud de la norma del artículo 321 del Código de Procedimiento Civil y de los principios de Confianza Legítima y Expectativa Plausible, en obsequio de la seguridad jurídica.

Revisamos las facultades administrativas concedidas a la Sala de Casación Civil por la Ley Orgánica del TSJ (Arts. 28 y 36) y no encontramos allí las facultades que le permitan modificar las normas procesales vigentes sobre citación y notificaciones.

 “Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Civil en Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de abril de dos mil veinticinco. Años: 215 de la Independencia y 166 de la Federación”.

 

DESCONOCEMOS LAS RAZONES POR LAS QUE SE MODOFICÓ EL TEXTO DE ESA SENETNCIA.


“Presidente de la Sala y Ponente.

HENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA

 

Vicepresidente y Ponente.

JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA

 

Magistrada y Ponente

CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS

Secretario,
PEDRO RAFAEL VENERO DABOÍN

 

Exp. N°AA20-C-2024-000240”

 

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