ACLARATORIA, RECTIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA SENTENCIA
“… la Sala podría corregir su sentencia en cualquiera de las modalidades admitidas en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, pero nunca disminuir o modificar el fondo de lo decidido utilizando los señalados medios de corrección”.
VOLACIÓN DE PRINCIPIOS DE EXPECTATIVA PLAUSIBLE Y CONFIANZA LEGÍTIMA CAUSA NULIDAD DEL FALLO
“… se observa que, en efecto, hubo un cambio intempestivo de razonamiento que sería válido hacia el futuro; mas no así para esa misma causa que le resulta preexistente…”
FRAUDE PROCESAL, DIVERSAS MODALIDADES Y REMEDIOS PROCESALES
La definicióm de fraude procesal que encabeza este extracto de sentencia encuadra perfectamente con el delito de estafa tipificado en el Código Penal. Ergo, el fraude procesal constituye el delito de estafa y es una estafa agravada por los medios empleados para perprtrarla y es una estafa calificada respecto del Estado venezolano, que queda impedido de administrar la justicia prometida en el artículo 26 constitucional. No es posible la comisión de este delito sin premeditación y alevosía.
NULIDAD POR FRAUDE PROCESAL VERSUS COSA JUZGADA
“La sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada la dicta el Estado, y al quedar en entredicho esa autoridad, el legislador no ha querido que ella pierda su valor mediante un juicio ordinario; de allí, la existencia de procesos especiales como la invalidación o la revisión de los fallos..."
POR FIN, ABRIÓ LA PÁGINA DEL TSJ
Un sevicio público de esta magnitud no debería faltar por tanto tiempo. Su ausencia, perjudica notablemente a los justiciables y abogados en general, en desmedro de una correcta aplicación de justicia.
AUTO DE ADMISIÓN CONVALIDA FECHA DE RECEPCIÓN DE LA DEMANDA CAPAZ DE ELIMINAR LA CADUCIDAD
Mientras no se presente la demanda, el término fatal de la caducidad de la acción corre ininterrumpidamente. Cumplido el término, operará la caducidad de la acción. Si hay caducidad, no hay acción. Si no hay acción, no hay derecho a que el órgano jurisdiccional atienda la solicitud de tutela judicial. Ergo, la demanda presentada después de cumplido el término de caducidad es inadmisible