NEURODERECHOS EN CHILE: EL DEBATE FILOSÓFICO
Chile, 23 de febrero 2021
“La
propuesta de la Comisión Desafíos del Futuro del Senado
chileno consiste en un proyecto de reforma constitucional (Boletín 13.827-19) y
un proyecto de ley sobre neuro-protección (Boletín 13.828-19). Estos dos
proyectos fueron elaborados durante el año pasado por la Comisión del Senado,
encabezada por el senador Guido Girardi, con el apoyo del Gobierno, la Academia
de Ciencias, varias universidades nacionales, el Morningside
Group y la Neurorights
Initiative de la Universidad de Columbia.
Ambos
proyectos de ley fueron aprobados por la Comisión del Senado el 30 de octubre y
luego por el Senado el 16 de diciembre de 2020. Inspirados por la propuesta
original del Morningside Group, un
grupo interdisciplinario liderado por el neurocientífico Rafael Yuste, los
proyectos de ley introducen cinco neuroderechos clave: el derecho a la identidad
personal, el derecho al libre albedrío, el derecho a la privacidad mental, el
derecho al acceso equitativo a las tecnologías para el aumento de la capacidad
cognitiva, y el derecho a la protección contra los sesgos de los algoritmos.
Si
bien muchos de los conceptos y tesis que forman el trasfondo teórico del
proyecto chileno vienen siendo discutidas y desarrolladas desde hace casi dos
décadas en la comunidad académica internacional, estas no son tan ampliamente
conocidas en Latinoamérica. Un debate constructivo en torno a la aplicación de los neuroderechos en el país requiere entablar un diálogo
con estos marcos y problemáticas. Con este fin, el grupo Neuroética de la Universidad Alberto
Hurtado, junto con la Comisión Desafíos
del Futuro del Senado de Chile y el profesor Rafael
Yuste, de la Universidad de Columbia, organizaremos el Workshop
internacional “Neuroderechos en Chile: El debate filosófico”, que tendrá lugar
en formato virtual del 17 al 19 de marzo de 2021 El Workshop reunirá a
destacadas/os expertas/os en derecho, neurociencia y neuroética con el fin de
discutir los próximos pasos para el establecimiento de los neuroderechos,
incluyendo la posibilidad de que sirvan como base para la nueva Constitución
chilena y para una nueva Declaración
Internacional de
Derechos
Humanos.
¿Cómo
se desarrollaron las ideas detrás de estos proyectos? El área interdisciplinaria
que ha abordado varios de los problemas y conceptos centrales vinculados a los
neuroderechos es la neuroética. Una
de las particularidades de esta área es que no puede entenderse meramente como
una ética aplicada (una ética de la neurociencia’), que emplea alguna teoría
ética filosófica para determinar qué hacer en un contexto clínico o de
investigación particular, como por ejemplo decidir si una/un paciente con una
condición psiquiátrica determinada tiene la capacidad de consentir a un
tratamiento. La neuroética involucra además y centralmente una ‘neurociencia de
la ética’ (Roskies 2002) o una ‘neuroética conceptual’ (Farisco, Salles &
Evers 2018), que puede entenderse como una elaboración filosófica y aplicación
crítica de conceptos neurocientíficos para
profundizar nuestro entendimiento de conceptos éticos clave, como los de
conciencia, autonomía, agencia e identidad.
Así,
la neurociencia (por ejemplo, estudios sobre los mecanismos neuronales de toma
de decisiones o la cognición social) junto con la filosofía (por ejemplo,
enfoques relacionales sobre la agencia o propuestas enactivistas sobre la
cognición) podrían ayudar a profundizar un concepto como el de autonomía. La
aplicación de dicho concepto por parte del neuroeticista (por ejemplo, para determinar
si cierta intervención neurotecnológica implicó una violación de la autonomía
de la/el paciente) va a estar siempre mediada por este proceso de reformulación
científica y filosófica de lo ético.
El desarrollo de los neuroderechos es una
instancia clave en este proceso de actualización conceptual. Expertas y
expertos en derecho, filosofía y neurociencia han considerado recientemente que
las salvaguardas proporcionadas por los derechos humanos existentes constituyen
una protección insuficiente frente a las amenazas o riesgos impuestos por la neurotecnología emergente,
y que una actualización ‘neurocognitiva’ de algunos de estos derechos es
necesaria. Así, algunos neuroderechos como la privacidad
mental, la continuidad psicológica o la libertad cognitiva son versiones
neurocognitivas de algunos derechos tradicionales. Estos extienden o
profundizan conceptos éticos y legales fundamentales para incluir aspectos de
la vida humana que no habían sido tenidos en cuenta previamente y que las
nuevas tecnologías podrían poner en peligro. Se trata del mismo tipo de proceso
de reformulación de los derechos humanos que hace algunas décadas se dio como
respuesta a los desafíos impuestos por las entonces emergentes tecnologías para
procesar datos genéticos y manipular el genoma humano (Ienca & Andorno
2017, Lavazza 2018).
* Departamento de Filosofía, Neuroética UAH.
Tomado
de DIARIO LA TERCERA,Chile.