CITACIÓN Y
NOTIFICACIONES POR VÍA ELECTRÓNICA
Sala
Político Administrativa N° 173 – 21/3/2023
Publica
Abg. Rafael Medina Villalonga
“Finalmente, resulta menester
para esta Máxima Instancia precisar que la Sala Plena del Tribunal Supremo de
Justicia en aras de garantizar la consecución de los postulados consagrados en
los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, reconoció la preponderancia de la ciencia, la tecnología, y
los servicios de información como elementos de interés público, destacando el
deber del Poder Público -y concretamente de los órganos jurisdiccionales- de
valerse de los avances tecnológicos para su optimización, procediendo en
consecuencia a dictar la Resolución número 2021-0011 de fecha 9 de junio
de 2021, contentiva de las normas generales que regularán la suscripción y
publicación de decisiones con firma digital, práctica de citaciones y notificaciones
electrónicas y la emisión de copias simples o certificadas por vía
electrónica relacionadas con los procesos seguidos ante esta Sala
Político-Administrativa.
Ello así y, visto que los artículos 38 de la Ley
Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 3 de la Resolución en
comento, consagran la posibilidad de practicar las citaciones y
notificaciones por correo electrónico o cualquier otro medio que utilice
tecnologías de la información y la
comunicación, este Máximo
Tribunal con miras a procurar la mejora continua del servicio de
administración de justicia, ordena efectuar un análisis de las
actas que conforman el expediente de la causa, a los efectos de
determinar si las partes cuentan o no con
los medios telemáticos suficientes para hacer efectiva dicha actuación procesal
y, de ser el caso, proceder a practicar las notificaciones a las que haya
lugar por medios electrónicos; en el entendido de que la falta de indicación en
autos de algunos de los elementos digitales previamente señalados, dará lugar a
que se practique la notificación conforme a lo establecido en el
artículo 5 de la aludida Resolución y en las leyes. Así se
dispone.”