LA
MOTIVACIÓN, VINCULA LA SENTENCIA CON LA LEY Y LA CONSTITUCIÓN
Sala
Constitucional N° 1.963 - 16/10/2001
Publica
Abg. Rafael Medina Villalonga
“La motivación de una decisión no puede
considerarse cumplida con la mera emisión de una declaración de voluntad del
juzgador. La obligación de motivar el fallo impone que la misma esté precedida
de la argumentación que la fundamente, atendiendo congruentemente a las
pretensiones, pues lo contrario implicaría que las partes no podrían obtener el
razonamiento de hecho o de derecho en que se basa el dispositivo, se impediría
conocer el criterio jurídico que siguió el juez para dictar su decisión y con
ello, se conculcaría el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido
proceso."